El día 1 de octubre de 2019 entró en vigor el nuevo Manual de Reformas de Vehículos por el que se regula la Legalización en ITV de los enganches de remolque (Dispositivos Mecánicos de Acoplamiento).
Para facilitar la verificación de la legalización de un enganche Brink en su vehículo puede hacerlo de 2 maneras:
1. Clickee en SOLICITAR INFORME DE CONFORMIDAD de la página principal www.thu2.es y rellene todos los datos del vehículo y del instalador.
Pinche en COMPROBAR DATOS. Si alguna de las 8 comprobaciones no es correcta, anote el número de referencia del informe y póngase en contacto con nosotros.
Si todas las comprobaciones son correctas puede solicitar el informe de conformidad o finalizar y solicitarlo en otro momento.
2. Si lo que desea es comprobar si puede legalizar el enganche Brink con un informe de conformidad emitido por Thu2, debe elegir su vehículo en el buscador de enganches
y clickee en COMPROBAR Y SOLICITAR INFORME DE CONFORMIDAD. Introduzca los datos de la ficha técnica y pinche en guardar o comprobar los datos.
Antes de guardar los datos anótese el número de referencia del informe situado en la esquina superior derecha, de esta manera en cualquier momento podrá continuar
rellenando los datos que le falten del vehículo o los del instalador.
Si pincha en comprobar datos y alguna de las comprobaciones no es correcta, anote el número de referencia del informe y póngase en contacto con nosotros.
Si todas las comprobaciones son correctas puede continuar la solicitud del informe de conformidad o terminar de cumplimentarlo en otro momento.
Ponemos en su conocimiento los puntos afectados a tener en cuenta a la hora de realizar la instalación de un enganche, en algún caso no será suficiente con el informe de conformidad emitido por Thu2 y será el Servicio Técnico de Reformas "Laboratorio" quien deba emitir el informe de conformidad o Proyecto Técnico.
1. Se debe de indicar en el informe de conformidad la Masa Máxima Remolcable con freno para eje central y la Masa Máxima Remolcable para remolques de barra de tracción, indicando el menor valor entre la MMR con freno de la ficha técnica y la MMR resultante de instalar el enganche en el vehículo objeto de la reforma.
2. Se debe indicar en el informe de conformidad la carga vertical asociada al dispositivo mecánico de acoplamiento instalado, calculado como el menor valor entre la carga vertical en el punto de acoplamiento del vehículo en la tarjeta ITV (F.1.5) y el valor S del enganche.
Si el Valor S del enganche es inferior a la carga vertical de la tarjeta ITV es necesario un informe de conformidad emitido por un laboratorio con un coste de 70,00 € + IVA.
3. La MMTA (F1) del vehículo debe ser mayor o igual a la MMR con freno del vehículo (O.1 ó O.1.3), en caso que no lo fuera, para legalizar el enganche de remolque será necesario reducir la MMR del vehículo mediante un informe de conformidad emitido por un laboratorio con un coste de 70,00 € + IVA.
Excepcionalmente si el vehículo está clasificado como Todo Terreno (1033, 2033, xx33) ó M1G ó N1G, la (MMTA x 1,5) del vehículo debe ser superior a la MMR con freno del vehículo, de lo contrario se debe reducir la MMR del vehículo mediante un informe de conformidad emitido por un laboratorio con un coste de 70,00 € + IVA.
4. La MOM(G) / 2 debe ser mayor o igual a la MMR sin freno (O.1.4), de lo contrario es necesario reducir la MMR sin freno con un informe de conformidad de laboratorio con un coste de 70,00 € + IVA
5. La MMR sin freno (O.1.4) debe ser mayor que 0. En caso contrario este vehículo no puede remolcar
6. Para legalizar un enganche CE en un vehículo homologado con normativa nacional B****, C**** ó normativa europea anterior al año 1994 (ej. Terrano II con normativa e9*93/81*…), es necesario un Proyecto emitido por un laboratorio con un coste de 160,00 € + IVA
7. En vehículos completados, es decir vehículos que en la marca tienen 2 nombres (A.1 Nombre del fabricante vehículo base y B.1 Nombre del fabricante del vehículo completado) y 2 números de homologación, ( K, la del vehículo base y K.1 la del completado), es necesario un Proyecto Técnico de Laboratorio con un coste de 160,00 € + IVA
En vehículos completados con clasificación 32 (autocaravanas MMA <= 3.500 Kg), es necesario un informe de conformidad emitido por un laboratorio con un coste de 70,00 € + IVA
8. Si un vehículo ha sufrido una Reforma Anterior a la instalación del enganche (defensa, estriberas, cabrestantes, modificación de datos técnicos, ejemplo, cambio de clasificación del vehículo de mixto a adaptable a autocaravana, bajada de MMA….) o va a realizar otras reformas adicionales al mismo tiempo, es necesario presentar un informe de conformidad emitido por un Servicio Técnico de Reformas “Laboratorio” con un coste de 70,00 € + IVA. No siendo suficiente con el informe emitido por Thu2.
A. Para legalizar el enganche de remolque debe entregar en ITV los siguientes documentos:
B. La fecha del certificado de montaje debe ser anterior o la misma que la del informe de conformidad. (si ser firma el mismo día comprobar que la hora de emisión del certificado de montaje sea anterior a la del informe de conformidad).
C. Es obligatorio legalizar el enganche en la ITV durante los 15 días siguiente a la fecha de su instalación. Thu2 no se hará responsable de posibles cambios de normativas, homologaciones… con posterioridad a la venta del enganche.
D. Teniendo en cuenta que no todas las ITVs aplican los mismos criterios para legalizar el enganche. Thu2 Spain no se responsabiliza del criterio aplicado en la ITV
E. Thu2 Spain no se responsabiliza de la verificación de los datos aportados por el cliente ni tampoco de los datos introducidos al solicitar el informe de conformidad. Por favor, compruebe antes de hacer el pedido del enganche que su vehículo está capacitado para remolcar y verifique el informe de conformidad antes de ir a la ITV a legalizarlo.
F. El proyecto se compone de:
G. Datos necesarios de la ficha técnica:
H. Para solicitar el informe de conformidad al laboratorio necesitamos los siguientes documentos:
I. Las medidas que se deben cumplir son las siguientes:
J. Tiempo de tramitación de los documentos:
K. En el caso que fueran necesarios documentos emitidos por un laboratorio, le ofrecemos la posibilidad de gestionarlo nosotros con un laboratorio acreditado por ENAC.
L. Coste neto de los documentos: